LEY ORGANICA DEL BANCO AGRICOLA E HIPOTECARIO DE LA REPUBLICA DOMINICANA
Esta ley crea el Banco Agrícola e Hipotecario de la República Dominicana como una entidad autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio. Regula su estructura administrativa, capital, operaciones crediticias, emisión de cédulas hipotecarias y las facultades de sus órganos de dirección.
Consulta el texto oficial disponible y confirma su aplicación a tu caso, especialmente si hay plazos o decisiones en curso. Es orientación informativa y no sustituye el consejo de un abogado.