Ley No. 66-07 que declara la Republica Dominicana como Estado Archipielagico
Declara a la Republica Dominicana como Estado Archipielagico conforme a la Convencion de la ONU sobre el Derecho del Mar de 1982. Define el archipielago, las aguas archipelagicas e interiores, la linea de base archipielagica con coordenadas, el mar territorial de 12 millas, la zona contigua de 24 millas y la Zona Economica Exclusiva de hasta 200 millas.
El estado mostrado se basa en evidencia registrada en el corpus jurídico de ChatLeyes. Es orientación informativa y no sustituye el consejo de un abogado.