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Ley 659-1944

Ley 659-1944 — Actos del Estado Civil

LEY SOBRE ACTOS DEL ESTADO CIVIL

Promulgada: 1944-07-21Órgano: CONGRESO NACIONALGaceta Oficial: 6114

¿De qué trata?

Regula la organización de las oficinas del Estado Civil, las atribuciones de los Oficiales del Estado Civil, el registro de nacimientos, matrimonios, divorcios y defunciones, así como los procedimientos para la reconstrucción de registros y las formalidades para la celebración del matrimonio civil en la República Dominicana.

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Consulta el texto oficial disponible y confirma su aplicación a tu caso, especialmente si hay plazos o decisiones en curso. Es orientación informativa y no sustituye el consejo de un abogado.