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Ley 586-41

Ley 586-41 — Banco de Reservas de la República

LEY ORGANICA DEL BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA

Promulgada: 1941-10-24Órgano: CONGRESO NACIONALGaceta Oficial: 5661

¿De qué trata?

Ley que autoriza la creación del Banco de Reservas de la República Dominicana como entidad autónoma con patrimonio propio, estableciendo su estructura administrativa, capital, facultades de operación, fiscalización y régimen de responsabilidad.

Banco de Reservasentidad autónomacapital socialConsejo de Directoresoperaciones bancariasfiscalización

Consulta el texto oficial disponible y confirma su aplicación a tu caso, especialmente si hay plazos o decisiones en curso. Es orientación informativa y no sustituye el consejo de un abogado.