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Ley 5852-62

Ley 5852-62 — Dominio y Distribución de Aguas

Ley sobre Dominio de Aguas Terrestres y Distribucion de Aguas Publicas

Promulgada: 1962-03-29Órgano: Consejo de EstadoGaceta Oficial: 8666

¿De qué trata?

La ley regula el dominio, aprovechamiento, concesion y distribucion de las aguas terrestres, pluviales, manantiales y corrientes en la Republica Dominicana. Establece las facultades de la Direccion General de Recursos Hidraulicos para la gestion de permisos, tarifas, obras de defensa y la creacion de distritos de riego, garantizando el uso eficiente y equitativo de los recursos hidricos nacionales.

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