Ley sobre Dominio de Aguas Terrestres y Distribucion de Aguas Publicas
La ley regula el dominio, aprovechamiento, concesion y distribucion de las aguas terrestres, pluviales, manantiales y corrientes en la Republica Dominicana. Establece las facultades de la Direccion General de Recursos Hidraulicos para la gestion de permisos, tarifas, obras de defensa y la creacion de distritos de riego, garantizando el uso eficiente y equitativo de los recursos hidricos nacionales.
Consulta el texto oficial disponible y confirma su aplicación a tu caso, especialmente si hay plazos o decisiones en curso. Es orientación informativa y no sustituye el consejo de un abogado.