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Ley 581-1933

Ley 581-1933 — Prohibición de Exportación de Productos Dañados

Prohibición de la exportación, compra y venta de frutos y productos agrícolas, pecuarios o industriales, en mal estado

Vigente
Promulgada: 1933-10-03Órgano: Congreso NacionalGaceta Oficial: 4618

¿De qué trata?

Esta ley prohíbe la exportación, compra y venta de productos agrícolas, pecuarios e industriales que se encuentren en mal estado. Establece normas de calidad, certificación obligatoria para la exportación y sanciones penales y pecuniarias para los infractores, incluyendo empleados públicos y compañías comerciales.

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