← Todas las leyesLey 5185Ley 5185 — Pensiones Civiles del Estado
SOBRE PENSIONES CIVILES DEL ESTADO
Derogada
Promulgada: 1959-07-31Órgano: Congreso NacionalGaceta Oficial: 8389
¿De qué trata?
La ley regula el otorgamiento de pensiones y jubilaciones vitalicias a funcionarios y empleados civiles del Estado que cumplan con requisitos de edad y tiempo de servicio, estableciendo los criterios para su cálculo, las causales de cancelación o reducción, y los procedimientos para su solicitud y pago.
Modificada por
- Ley 5529 — Ley que introduce modificaciones en la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado
- Ley 5563 — Ley que deroga la Ley Nº 5529, del 22 de abril de 1961, que modificó la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado, Nº 5185
- Ley 5701-1961 — Ley que pone bajo el cuidado y protección del Estado a los menores, viudas y madres ancianas, dependientes de personas fallecidas por causas políticas, y modifica la Ley Nº 5185, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado
- Ley 68-63 — Ley No. 68, que reforma el artículo 1ro. de la Ley No. 5185, del 29 de julio de 1959, sobre Pensiones Civiles del Estado
- Ley 2 — QUE REDUCE CIERTAS PENSIONES DEL ESTADO, PARA COMPLEMENTAR LA EJECUCION DEL PLAN DE AUSTERIDAD
- Ley 45-70 — Ley que modifica el artículo 1ro. de la Ley Nº 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado
- Ley 300 — Ley No. 300 que modifica el articulo 1ro de la Ley No. 5185 sobre Pensiones Civiles del Estado
Derogada por
- Ley 379 — QUE ESTABLECE UN NUEVO REGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL ESTADO DOMINICANO PARA LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS PUBLICOS
- Ley 68-63 — Ley No. 68, que reforma el artículo 1ro. de la Ley No. 5185, del 29 de julio de 1959, sobre Pensiones Civiles del Estado
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El estado mostrado se basa en evidencia registrada en el corpus jurídico de ChatLeyes. Es orientación informativa y no sustituye el consejo de un abogado.