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Ley 380

Ley 380 — Limitación de Vuelo y Fatiga de Tripulación

Ley sobre Limitación del Tiempo de Vuelo y Fatiga de la Tripulación de Vuelo

Derogada
Promulgada: 1964-08-29Órgano: El TriunviratoGaceta Oficial: 8886

¿De qué trata?

La ley establece las regulaciones relativas a la limitación del tiempo de vuelo y la gestión de la fatiga para las tripulaciones de vuelo en la República Dominicana, con el fin de garantizar la seguridad aérea.

Derogada por

  • Ley 19-24 — Ley núm. 19-24 que crea el Instituto Dominicano de Meteorología, adscrito al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
  • Norma — Ley que modifica el artículo 119 de la Ley No. 491-06, del 28 de diciembre de 2006, sobre Aviación Civil de la República Dominicana y abroga
  • Norma — Ley que modifica el artículo 119 de la Ley núm. 491-06 de Aviación Civil de la República Dominicana
  • Norma — Ley que modifica el artículo 119 de la Ley No. 491-06, del 22 de diciembre de 2006, sobre Aviación Civil de la República Dominicana y abroga
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El estado de vigencia se calcula automáticamente a partir del corpus legal de ChatLeyes. Es orientación informativa y no sustituye el consejo de un abogado.