Ley que modifica el artículo 4 de la Ley No. 172, del 9 de marzo de 1964
La ley modifica el artículo 4 de la Ley No. 172 de 1964, estableciendo que el chófer o conductor de un vehículo no será considerado pasajero, salvo para fines de pago de derechos de licencias o placas.
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