Ley sobre cementerios
La ley establece que la administración y explotación de los cementerios es competencia exclusiva de los Ayuntamientos, definiendo los terrenos como dominio público inalienable e imprescriptible. Regula las condiciones de las concesiones, las inscripciones en monumentos funerarios y faculta a los municipios para gestionar servicios de pompas fúnebres, sujetando a los cementerios privados a la reglamentación municipal.
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