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Ley 2-78

Ley 2-78 — Impuestos sobre Importación de Vehículos

Ley que modifica el Artículo 2 de la No. 14 del 18 de Septiembre de 1974 a fin de aumentar de US$5,000. a US$6,000. el precio en fábrica de los vehículos a cuya importación tienen derecho los legisladores

Vigente
Promulgada: 1978-10-02Órgano: Congreso Nacional

¿De qué trata?

Ley que modifica el artículo 2 de la Ley No. 14 de 1974, aumentando el valor máximo de fábrica permitido para la exoneración de vehículos de los legisladores de US$5,000 a US$6,000, debido al incremento de precios internacionales y la crisis energética.

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El estado de vigencia se calcula automáticamente a partir del corpus legal de ChatLeyes. Es orientación informativa y no sustituye el consejo de un abogado.