Ley No. 157-13 que establece el voto preferencial para la elección de diputados y diputadas al Congreso Nacional, regidores y regidoras de los municipios y vocales de los distritos municipales
La ley instituye el sistema de voto preferencial para la elección de diputados, regidores y vocales, permitiendo a los electores elegir candidatos específicos dentro de listas cerradas y desbloqueadas, con el objetivo de fortalecer la representación democrática y la participación política.
Consulta el texto oficial disponible y confirma su aplicación a tu caso, especialmente si hay plazos o decisiones en curso. Es orientación informativa y no sustituye el consejo de un abogado.